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Artículo 2569 Código Civil del Estado de Chihuahua

Libro Cuarto — De las obligaciones primera parte de las obligaciones en general Título Decimoprimero — De las asociaciones, fundaciones y sociedades Capítulo I — De las asociaciones

El contrato de asociación debe constar por escrito; pero cuando se transfieran a la asociación bienes inmuebles, entonces se observará la forma requerida para la enajenación de los mismos.

El contrato de asociación contendrá por lo menos las menciones siguientes:

a) El nombre y domicilio de los asociados;

b) La razón social;

c) El domicilio de la asociación;

d) El objeto social;

e) El patrimonio de la asociación;

f) Las facultades de la asamblea;

g) Las atribuciones de la dirección; y h) Los derechos y obligaciones de los asociados.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 618-03 VII P.E. publicado en el P.O.E. No. 35 del 30 de

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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial