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Leyes Descargar AYA

Artículo 1540-J Código Civil del Estado de Chihuahua

Capítulo I

En la sucesión legítima, si hubiere varios parientes en un mismo grado y alguno o algunos no quisieren o no pudieren heredar, su parte acrecerá a la de los otros del mismo grado, si es que no tiene descendientes, pues teniéndolos, éstos heredarán por estirpe.

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  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial