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Leyes Descargar AYA

Artículo 114 Código Civil del Estado de Chihuahua

Capítulo IX

En el acta de fallecimiento se asentarán los datos que menciona el artículo siguiente, en base a los documentos que se consideren necesarios a efecto de asegurar plenamente la identidad del cadáver, y será firmada por dos testigos, prefiriéndose para el caso los parientes, si los hay.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 803-2012 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 52 del 30 de junio de 2012]

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial