Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los bienes

Título Quinto — Del usufructo, del uso y de la habitación

Capítulo III De las obligaciones del usufructuario

Código Civil del Estado de Campeche

Artículos 1012 al 1043 · 32 artículos

Artículo 1042

Si el pleito interesa al mismo tiempo al dueño y al usufructuario, contribuirán a los gastos en proporción de sus derechos respectivos, si el usufructo se constituyó a título gratuito; pero el usufructuario en ningún caso estará obligado a responder por más de lo que produce el usufructo.

Artículo 1043

Si el usufructuario, sin citación del propietario o éste sin la de aquél, ha seguido un pleito, la sentencia favorable aprovecha al no citado y la adversa no le perjudica.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial