Artículo 410 Código Civil del Estado de Campeche
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 27 de julio de 2022 con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 27 de julio de 2022, leída con el mismo método que el texto vigente.
1 párrafo cambió 44 palabras agregadas 35 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 27 de julio de 2022. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 27 de julio de 2022; a la derecha, el del 15 de mayo de 2026.
Cambio 1 · Se reescribió
ElDEROGADO. Nota: menorSe oreformó mediante decreto 285 de la LVI Legislatura, publicado en el incapacitadoP.O. queNo. haya sido adoptado2136 de conformidadfecha a22 de mayo de 2000. Nota: Se derogó mediante decreto No. 152 de la adopciónLXV simple,Legislatura, podrápublicado impugnaren lael adopciónP.O. dentroNo. del2549, añoTercera siguiente a la mayorSección, de edad o la fecha en4 quede cesarediciembre cualquiera otra incapacidad, si la hubiese.de
Antes
El menor o el incapacitado que haya sido adoptado de conformidad a la adopción simple, podrá impugnar la adopción dentro del año siguiente a la mayor de edad o la fecha en que cesare cualquiera otra incapacidad, si la hubiese.
Ahora
DEROGADO. Nota: Se reformó mediante decreto 285 de la LVI Legislatura, publicado en el P.O. No. 2136 de fecha 22 de mayo de 2000. Nota: Se derogó mediante decreto No. 152 de la LXV Legislatura, publicado en el P.O. No. 2549, Tercera Sección, de fecha 4 de diciembre de
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.