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Leyes Descargar AYA

Artículo 1885 Código Civil del Estado de Campeche

Capítulo IV

La novación, compensación, confusión o remisión hecha por cualquier a de los acreedores solidarios, con cualquiera de los deudores de la misma clase, extingue la obligación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial