Artículo 1746 Código Civil del Estado de Baja California
Capítulo I
Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de éstos o a disposiciones especiales de la Ley sobre los mismos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial