Artículo 326 Código Civil del Estado de Baja California Sur
Capítulo VIII
En las determinaciones relativas a la custodia y al derecho de vinculación, debe aplicarse el principio de igualdad en las cuestiones relativas a vacaciones, asistencia a eventos, y demás relaciones de los hijos con sus padres y con las familias de origen
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Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial