Artículo 2225 Código Civil del Estado de Baja California Sur
Capítulo VIII
- En los programas de regularización de tenencia de la tierra que realicen los gobiernos federal, estatal y municipales, así como sus dependencias o entidades sobre inmuebles de propiedad particular, los contratos que se celebren entre las partes podrán otorgarse en las mismas condiciones a que se refiere el artículo anterior
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Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial