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Leyes Descargar AYA

Artículo 1832 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Capítulo V

En los casos previstos por los tres artículos anteriores, el que sufra el daño puede exigir la reparación directamente del responsable, en los términos de este capítulo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial