Artículo 1764 Código Civil del Estado de Baja California Sur
Capítulo I
- Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos en lo que no se opongan a la naturaleza de éste o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos.
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Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial