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Artículo 1336 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Capítulo VII

- Cuando el testador, el heredero o el legatario sólo tengan cierta parte o derecho en el bien legado, se restringirá el legado a esa parte o derecho si el testador no declara de un modo expreso tener conocimiento que el bien era parcialmente de otro, y que, no obstante esto, lo legaba por entero

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial