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Leyes Descargar AYA

Artículo 1153 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Capítulo I

El Estado, en su caso, así como los Ayuntamientos y las otras personas de carácter público, se considerarán como particulares para la prescripción de sus bienes, derechos y acciones que sean susceptibles de propiedad privada

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial