Artículo 2557 Código Civil del Estado de Aguascalientes
Título DECIMO
Los asociados tienen derecho de vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociación y con ese objeto pueden examinar los libros de contabilidad y demás papeles de ésta.
(REFORMADO, P.O. 3 DE ENERO DE 2022)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial